El pasado 1 de Marzo de 2007 se aprobó por el pleno del Congreso de los Diputados la ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, con la que se permite a los y las transexuales que lo deseen cambiar su nombre y adscripción de género en el Registro Civil.
Uno de los requisitos del proceso es que un médico o un psicólogo Clínico realice una evaluación diagnóstica y emita un informe de transexualidad y descarte alteraciones de juicio de la realidad y graves trastornos de la personalidad, junto con la afirmación de que la persona transexual tiene un sentimiento de disforia de género de forma persistente y permanente.
Un paso adelante en esta materia, ha dado nuestra Comunidad, ya que si bien la atención psicológica a la transexualidad ya estaba recogida en el protocolo de actuación de los Centros de Salud Sexual y Reproductiva de la sanidad pública desde el año 2004, en Enero del año en curso ha aprobado el protocolo de actuación para la atención sanitaria integral a las personas transexuales, incluyendo como prestación sanitaria la terapia hormonal transexualizadora y la cirugía castradora. Quedando para revisión futura la posible inclusión de la mastectomía en transexuales mujer a hombre, la mamoplastia en transexuales hombre a mujer, así como, la cirugía de reasignación genital.
Así pues, se han creado Unidades de referencia en las tres provincias de la Comunidad constituidas por equipos multidisciplinares: psicólogo/a clínico/a/médico/a sexólogo/a, endocrino/a y cirujano/a.
Nos tenemos que alegrar por las personas afectadas por este problema ya que llevan muchos años luchando por su inclusión en las prestaciones sanitarias públicas, pero también nos tenemos que alegrar de que también la Psicología Clínica sea participe junto a la disciplina médica.
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